La Transparencia involucra la honestidad de la burocracia y de los Ciudadanos
¿Cuál es el objetivo de la Transparencia? ¿Qué condiciones se necesitan para ejercerla? ¿Cómo se involucra la honestidad de los ciudadanos y de la burocracia en su cumplimiento? ¿Es México una nación Transparente?
El acceso a la información y la transparencia tienen como objetivo ayudar a que las dependencias de gobierno no sean desviadas de sus objetivos públicos para servir a intereses privados.
La existencia de condiciones de transparencia, se basa en una teoría sumamente interesante ya que las organizaciones quedan expuestas; pues el control de los funcionarios y de los recursos no sólo recae en el propio aparato jerárquico (jefes inmediatos, contralores, auditores, comisarios, etcétera) sino que se “difumina” por toda la sociedad ya que en cualquier momento puede aparecer una persona que exija explicaciones, cuentas, documentos, acerca de una determinada decisión. Esto es, que si los funcionarios se saben expuestos a una solicitud de información pública, su margen de maniobra extra legal, se reduce, si saben que una conducta ilegal puede ser sometida al juicio público lo pensarán dos veces. Por tanto, la transparencia es una forma no rígida, permanente, poco costosa y abierta, de reconducir y evaluar las decisiones públicas.
Lo interesante de dicha teoría es que el Acceso a la información es un derecho democrático de los ciudadanos; esto es que la ley de transparencia depende en gran medida de que los ciudadanos la hagan valer, sino no tiene ningún sentido. Pero yo me pregunto en México ¿quién exige sus derechos? Y cuando los exiges: ¿siempre eres escuchado?
En un país como el nuestro en donde los ciudadanos tenemos miedo de expresar lo que sentimos y desconocemos el poder y la responsabilidad que como sociedad nos corresponde para lograr los cambios que le exigimos al gobierno dudo que se lleve a cabo el cumplimiento de la transparencia; ya que en nuestras manos está que se logre un cambio como en muchas de las situaciones graves y problemáticas que tienen en riesgo al país.
El abuso de poder de algunos directivos y funcionarios, la corrupción y el desvío de intereses y de recursos suceden en la mayoría de las ocasiones a los ojos de los ciudadanos quienes observan y no dicen nada, ya sea por miedo a perder su empleo o por que la mayoría ha concluido que ya nada cambiará.
El problema de la transparencia va mucho más allá de obligar a las instituciones a exponer sus documentos para justificar y dar cuentas claras de sus decisiones; es una ley que involucra el valor de la honestidad tanto de la burocracia como de los ciudadanos.
Necesitamos un México transparente, funcionarios y ciudadanos honestos, responsables, íntegros; pues el ser testigo de una injusticia o de un desvío y callar te hace cómplice de una acción que afectará a toda la sociedad incluyendo al que calló.

La honestidad es visible en cada acción que se realiza, es armonizar las palabras con los hechos, es vivir de forma congruente entre lo que se piensa, se dice y lo que se hace; y cuando esto suceda entonces podremos decir que México es una Nación Transparente. – San Francisco de Campeche, Campeche.
Nota original de Mariluz Barrera González




1 comentarios, publica el tuyo.:
UNIVERSIDAD ARGENTINA JOHN F. KENNEDY, CONDENADA por DISCRIMINACION y DESPIDO,
SENTENCIA DEFINITIVA E INAPELABLE, FALLO FIRME.
Bienaventurados los que tienen hambre y sed de justicia, porque ellos serán saciados….
Sentencia definitiva por Discriminación, en perjuicio del profesor Eduardo Marcelo Cocca, Juzgado 12 de la Justicia Laboral de la Capital Federal, condenando a la Universidad John F. Kennedy, Tanbién son condenados en el juicio laboral. Que oportunamente le iniciara el profesor Cocca. Fallo de diciembre 2008
SENTENCIA N* 22.232 en el siguiente link :
http://sentenciafallo.blogspot.com/
" Lo mas atroz de las cosas malas, es el silencio de la gente buena "-
Mahatma Gamdhi
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Establécese que la búsqueda, recepción y difusión de información e ideas por medio del servicio de Internet se considera comprendida dentro de la garantía constitucional que ampara la libertad de expresión.
Sancionada: Mayo 18 de 2005
Promulgada de Hecho: Junio 16 de 2005
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ARTICULO 1°
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ARTICULO 2°
— La presente ley comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTICULO 3°
— Comuníquese al Poder Ejecutivo.
—REGISTRADA BAJO EL N° 26.032—
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CINCO.
EDUARDO O. CAMAÑO. — MARCELO A. GUINLE. — Eduardo D. Rollano. — Juan Estrada.
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